jueves, 17 de octubre de 2024

CASACIÓN CIVIL: Denuncias de Forma en la elaboración del fallo. Por Reposición


Por Reposición: Artículos 7, 15, 207, 208, 209, 211, 212, 213 y 245 del Código de Procedimiento Civil:


 a) Inútil. No cumpliendo por ende con el requisito referente a la utilidad de la reposición que es indispensable para su procedencia. 

(Cfr. Fallos N° 403, del 8-6-2012. Exp. N° 2011-670; N° 046, del 23-2-2017. Exp. N° 2016-514; N° 548, del 8-8-2017. Exp. N° 2017-236; y N° 331, del 9-7-2018. Exp. N° 2018-108). 


Y b) Mal decretada. Cuando se repone a un estado de la causa para corregir o subsanar un vicio de procedimiento, el cual no se desprende de las actas del expediente. 

(Vid. Sentencias N° 436, del 29-6-2006. Exp. N° 2005-684; N° 594, del 18-10-2016. Exp. N° 2016-043; N° 770, del 27-11-2017. Exp. N° 2017-441; y N° 216, del 4-5-2018. Exp. N° 2017-826).

No hay comentarios:

Publicar un comentario

DEJE SU COMENTARIO. GRACIAS

Ley Orgánica para la Celeridad y Optimización de Trámites Administrativos. Sentencia que declara la constitucionalidad del carácter orgánico

La Sentencia 406 del 27 de marzo de 2026, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) , tiene como punto centr...