miércoles, 23 de octubre de 2024

CASACIÓN. Denuncias por Infracción de Normas Constitucionales de Forma Autónoma en Sede Casacional


La Sala de Casación Civil procederá al análisis de las mismas, independientemente de que la denuncia haya sido formulada sin la correspondiente argumentación que la lleva a establecer que la infracción constitucional, es señalada como apoyo de la denuncia de normas de rango legal correspondientes al recurso extraordinario de casación. 

(Ver. Decisiones N° 369, del 1-8-2018. Exp. N° 2018-192; N° 302, del 18-5-2017. Exp. N° 2016-780; Nº 952, del 15-12-2016. Exp. N° 2016-282; N° RC-265, del 27-5-2013. Exp. N° 2012-597; N° RC-104, del 20-3-2013. Exp. N° 2012-503; N° RC-470, del 2-7-2012. Exp. N° 2012-098; N° RC-534, del 21-11-2011. Exp. N° 2011-241; N° RC-134, del 5-4-2011. Exp. N° 2010-631; y N° RC-637, del 16-12-2010. Exp. N° 2010-450).

martes, 22 de octubre de 2024

CASACIÓN CIVIL. La violación de los principios constitucionales de expectativa plausible, confianza legítima, seguridad jurídica y estabilidad de criterio

a) La aplicación de un criterio jurisprudencial no vigente, de la Sala de Casación Civil o de la Sala Constitucional, para la fecha de presentación de la demanda. 


Y b) Que se aplique un criterio contrario a la doctrina y jurisprudencia de la Sala de Casación Civil o de la Sala Constitucional. 

(Cfr. Fallos N° 577, del 6-10-2016. Exp. N° 2016-302; N° 689, del 8-11-2017. Exp. N° 2017-399; N° 236, del 10-5-2018. Exp. 2017-285, y N° 413, del 10-8-2018. Exp. N° 2018-092).


Trascendencia de las garantías constitucionales:


  • El derecho de petición
  • La igualdad ante la ley
  • El debido proceso 
  • y el derecho a la defensa


La Sala de Casación Civil decide LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA, la CASACIÓN PARCIAL o TOTAL, según lo amerite el caso. 

(Vid. Sentencia N° 848, del 10 de diciembre de 2008, expediente N° 2007-163, caso: Juana Ynocencia Rengifo de Arenas, Antonio Arenas y otros, en representación de sus hijas fallecidas Danyali Del Valle (†), Yumey Coromoto (†) y Rosangela Arenas Rengifo (†), contra SERVIQUIM C.A. y SEGUROS MERCANTIL C.A.).

lunes, 21 de octubre de 2024

CASACIÓN CIVIL. Denuncias de Infracción de Ley en la elaboración del fallo


El subtipo de casación sobre los hechos, ya sea por la comisión del vicio de suposición falsa o falso supuesto, cuando: 


1) Se atribuya a instrumentos o actas del expediente menciones que no contiene. 

(Ver. Decisiones N° 515, del 22-9-2009. Exp. N° 2008-613; N° 053, del 8-2-2011. Exp. N° 2011-503; y N° 456, del 3-10-2011. Exp. N° 2011-144). 


2) Se da por demostrado un hecho con pruebas que no aparecen en autos. 

(Cfr. Fallos N° 247, del 19-7-2000. Exp. N° 1999-927; N° 060, del 18-2-2008. Exp. N° 2006-1011; y N° 216, del 11-4-2008. Exp. N° 2005-525). 


3) Se da por demostrado un hecho con pruebas cuya inexactitud resulta de actas e instrumentos del expediente mismo. 

(Vid. Sentencias N° 072, del 5-2-2002. Exp. N° 1999-973-034, N° 355, del 30-5-2006. Exp. N° 2005-805; y N° 151, del 12-3-2012. Exp. N° 2011-288).


4) Por desviación ideológica intelectual en el análisis de las cláusulas del contrato. 

(Ver. Decisiones N° 187, del 26-5-2010. Exp. N° 2009-532; N° 229, del 9-5-2018. Exp. N° 2017-260; y N° 391 del 8-8-2018. Exp. N° 2018-243).


5) Por silencio de pruebas, total o parcial en suposición falsa negativa. 

(Cfr. Fallos N° 248, del 29-4-2008. Exp. N° 2007-584; N° 589, del 18-9-2014. Exp. N° 2012-706; y N° 036, del 17-2-2017. Exp. N° 2016-395). 


O por, 6) La infracción de una norma jurídica expresa que regule el establecimiento o valoración de los hechos o de las pruebas, la cuales se dividen en cuatro (4) grupos que son: 


I) Las normas jurídicas que regulen el establecimiento de los hechos; 


II) Las normas jurídicas que regulen la valoración de los hechos; 


III) Las normas jurídicas que regulen el establecimiento de un medio de prueba; 


y IV) Las normas jurídicas que regulen la valoración de un medio de prueba. 

(Vid. Sentencias N° 467, del 29-10-2010. Exp. N° 2009-151; N° 672, del 24-10-2012. Exp. N° 2012-314; y N° 088, del 5-3-2015. Exp. N° 2014-053). 


Y 7) Las violaciones de ley relacionadas con el control de las pruebas no contempladas expresamente en la ley o prueba libre

(Ver. Decisiones N° 390, del 22-6-2015. Exp. N° 2015-795; N° 770, del 27-11-2017. Exp. N° 2017-441; y N° 315, del 29-6-2018. Exp. N° 2016-669).

domingo, 20 de octubre de 2024

CASACIÓN CIVIL. Denuncias de Infracción de Ley en la elaboración del fallo


La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, se pronunciará sobre las infracciones denunciadas, PUDIENDO EXTENDERSE AL FONDO DE LA CONTROVERSIA Y PONERLE FIN AL LITIGIO, o verifica la existencia de dicha infracción que afecte el ORDEN PÚBLICO, por: 


a) La errónea interpretación. Cuando no se le da a la norma su verdadero sentido, haciendo derivar de ella consecuencias que no concuerdan con su contenido.

(Cfr. Fallos N° 866, del 15-12-2017. Exp. N° 2017-419; N° 200, del 18-4-2018. Exp. N° 2017-733; y N° 375, del 1-8-2018. Exp. N° 2018-071). 


b) La falta de aplicación. Cuando se le niegue la aplicación a una norma que estaba vigente para la fecha en que se produjo el acto cuya nulidad se solicita, porque ésta, aún cuando regula un determinado supuesto de hecho, el juez la considera inexistente, o por desconocimiento de su contenido, o porque presume que no se encontraba vigente, aún cuando ella estuviese promulgada o no hubiese sido derogada. 

(Vid. Sentencias N° 290, del 5-6-2013. Exp. N° 2012-697; N° 092, del 15-3-2017. Exp. N° 2016-508; y N° 359, del 20-7-2018. Exp. N° 2017-398). 


c) La aplicación de una norma no vigente. Cuando el juez aplica al caso una norma derogada o que no estaba vigente para la fecha en que se produjo el acto cuya nulidad se solicita. 

(Ver. Decisiones N° 641, del 7-10-2008. Exp. N° 2007-889; N° 092, del 17-3-2011. Exp. N° 2010-465; y N° 199, del 2-4-2014. Exp. N° 2013-574). 


d) La falsa aplicación. Cuando el juez aplica una determinada norma jurídica a una situación de hecho que no es la contemplada en ella, es decir, se trata del error que puede provenir de la comprobación de los hechos o del error en la calificación jurídica de la hipótesis concreta. 

(Cfr. Fallos N° 210, del 25-4-2017. Exp. N° 2016-726; N° 865, del 15-12-2017. Exp. N° 2017-460; y N° 200, del 18-4-2018. Exp. N° 2017-733). 


Y e) La violación de máximas de experiencia o experiencia común, dado que el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, señala que el juez puede fundar su decisión en los conocimientos de hecho que se encuentran comprendidos en estos. 

(Vid. Sentencias N° 241, del 30-4-2002. Exp. N° 2000-376; N° 450, del 3-7-2017. Exp. N° 2016-594; y N° 193, del 17-4-2018. Exp. N° 2016-471).

sábado, 19 de octubre de 2024

CASACIÓN DE OFICIO


Ver el aparte cuarto (4º) del artículo 320 del Código de Procedimiento Civil, cuya constitucionalidad ya ha sido declarada por la Sala Constitucional. 

(Vid. Sentencia N° 116, de fecha 29 de enero de 2002, expediente Nº 2000-1561, caso: José Gabriel Sarmiento Núñez y otros),  independientemente de que el vicio sea de forma o de fondo y haya sido denunciado o no por el recurrente, y su declaratoria de INFRACCIÓN DE OFICIO en la resolución del recurso extraordinario de casación, cuando la Sala de Casación Civil lo verifique, ya sea por el quebrantamiento de formas sustanciales del proceso, por la violación de los requisitos formales de la sentencia o por infracción de la ley, PUDIENDO EXTENDERSE AL FONDO DE LA CONTROVERSIA Y PONERLE FIN AL LITIGIO, de conformidad con lo previsto en el artículo 320 del Código de Procedimiento Civil. 

(Ver. Decisiones N° 585, del 14-8-2017. Exp. N° 2017-392; N° 255, del 29-5-2018. Exp. N° 2017-675; y N° 390, del 8-8-2018. Exp. N° 2016-646).

viernes, 18 de octubre de 2024

CASACIÓN CIVIL: Denuncias de Forma en la elaboración del fallo. En torno del Dispositivo


En torno de lo dispositivo del fallo: Artículo 244 del Código de Procedimiento Civil: 


I) Por la absolución de la instancia, al no declarar con o sin lugar la apelación o la acción. 

(Ver. Decisiones N° 501, del 6-7-2006. Exp. N° 2005-587; N° 652, del 10-10-2012. Exp. N° 2012-246; y N° 212, del 26-4-2017. Exp. N° 2016-867). 


II) Que exista contradicción entre la motiva y la dispositiva.

(Cfr. Fallos N° 673, del 7-11-2013. Exp. N° 2002-279, N° 151, del 27-3-2015. Exp. N° 2014-801; y N° 226, del 7-4-2016. Exp. N° 2015-786). 


III) Que no aparezca lo decidido, pues no emite condena o absolución. 

(Vid. Sentencias N° 198, del 3-5-2005. Exp. N° 2016-867; N° 501, del 6-7-2006. Exp. N° 2005-587; y N° 212, del 26-4-2017. Exp. N° 2016-867). 


IV) Que sea condicional o condicionada, al supeditar su eficacia a un agente exógeno para su ejecución. 

(Ver. Decisiones N° 788, del 12-12-2012. Exp. N° 2012-358; N° 524, del 12-8-2015. Exp. N° 2015-248 y N° 128, del 2-3-2016, Exp. N° 2015-600). 


Y V) Que contenga ultrapetita. Consistente en un exceso de jurisdicción del juzgador, al decidir cuestiones no planteadas en la litis, concediendo generalmente; a alguna parte, una ventaja no solicitada, dando más o más allá de lo pedido. 

(Cfr. Fallos N° 131, del 26-4-2000. Exp. N° 1999-097; N° 551, del 12-8-2015. Exp. N° 2014-688; y N° 382, del 2-8-2018. Exp. N° 2018-149).

Algunos Consejos Legales para Demandar en un Proceso Civil Venezolano:

Preparación para la Demanda:


1. Identificación de su Caso Judicial:


Siempre consulte con un abogado: Un abogado litigante calificado en derecho civil venezolano puede evaluar su caso en detalle, determinar si existe una base legal para presentar una demanda y asesorarlo sobre las opciones disponibles, asistirlo y representarlo sobre las opciones disponibles.

Evalúe la situación legal junto a su abogado: Determine si ha sido víctima de una violación de sus derechos civiles o si ha sufrido un daño material y/o moral que pueda ser resarcido a través del inicio de un proceso judicial.


2. Recopilación de Pruebas:


Reúna medios de prueba: Busque y reúna cualquier documento relevante para su caso, como contratos, recibos, facturas, estados de cuenta, cartas, mensajes de datos como correos electrónicos, SMS, mensajes de datos, etc.

Obtenga testimonios: Identifique a testigos que puedan corroborar los hechos de su caso y esté preparado para obtener sus declaraciones o testimonios.

Reúna pruebas físicas: Si existen pruebas físicas que sustenten su reclamo, como fotos, videos, grabaciones de audio y los dispositivos que los contienen, etc., asegúrese de preservarlas adecuadamente.


3. Defina sus Pretensiones:


Determine el tipo de daño: Identifique el tipo de daño que ha sufrido, ya sea daño material (pérdida económica), daño moral (dolor y sufrimiento) o daño emergente (gastos adicionales incurridos).

Calcule el monto del daño: Estime el monto del daño sufrido para establecer una pretensión económica clara y justificada. Es obligatorio en las demandas civiles.

Considere otras pretensiones: Además de la compensación económica, puede solicitar otras pretensiones, como la reparación del daño, la anulación de un contrato o el cumplimiento de una obligación.


4. Elección del Tribunal Competente:


Jurisdicción: hay que determinar el tribunal competente para conocer de su demanda en función del territorio donde ocurrieron los hechos, el domicilio de las partes o si por ejemplo, se encuentra esto descrito en una cláusula del contrato, si fuere el caso.

Instancia: Identifique la instancia judicial correspondiente (Municipio o Primera Instancia en lo Civil) según la naturaleza, cuantía y complejidad del caso.

Competencia Especializada: Si su caso involucra materia especializada, como derecho de familia (LOPNNA), o si es un asunto mercantil o de tránsito, existen en Vzla,. tribunales con esta competencia específica en ese ámbito, ya sea uno de Municipio o de Primera Instancia (dependerá de la cuantía).


5. Redacción de la Demanda:


Estructura formal: Se debe seguir la estructura formal exigida por el C.P.C. para la presentación del libelo de la demanda (art. 340), incluyendo: 

o Encabezado: Identificación del tribunal, las partes involucradas y el tipo de demanda.

o Cuerpo: Exposición de los hechos del caso de manera clara, concisa y cronológica.

o Fundamentos de Derecho: hay que citar las normas legales que sustentan el reclamo y argumentación del cómo se aplican a su caso.

o Pretensiones: Establezca las pretensiones concretas que solicita al tribunal, incluyendo la compensación económica, la reparación del daño o el cumplimiento de una obligación.

o Cierre: Señale un domicilio procesal y firme la demanda junto con su abogado (si usted es asistido) o puede otorgar un Poder Judicial ante Notaría Pública y deje todo en manos de su abogado y adjunte los instrumentos fundamentales que la sustentan.


Presentación de la Demanda:


6. Cumpla con los requisitos formales del inicio del contradictorio:


Requisitos específicos: Asegúrese de cumplir con todos los requisitos formales exigidos por el tribunal, como la presentación de la compulsa, que son las copias del libelo de la demanda y su admisión, para la citación a la otra parte y el cumplimiento de plazos específicos.


7. La otra parte se debe enterar formalmente del inicio del proceso y otros actos:


Formas de citación: La citación puede realizarse personalmente, por correo certificado o a través de medios electrónicos, según lo permita el tribunal.

Efectos de la citación: La citación legal da inicio al proceso judicial y permite a la otra parte presentar su contestación y defenderse de las pretensiones formuladas en su contra.

Notificación legal: Realice la notificación legal de alguna decisión que afecte a la parte demandada involucrada en el proceso, siguiendo el procedimiento establecido por el tribunal con el alguacil o con carteles.


8. Medios de Prueba, de su Promoción y Evacuación de un Juicio Ordinario:


Dentro de los primeros 15 días del lapso probatorio deberán las partes promover todas las pruebas de que quieran valerse, salvo disposición especial de la Ley. Pueden sin embargo, las partes, de común acuerdo, en cualquier estado y grado de la causa, hacer evacuar cualquier clase de prueba en que tengan interés.


Si son otros procedimientos especiales, se tienen otros lapsos y términos establecidos en el Código de Procedimiento Civil.


9. Presentación de Pruebas:


Admisibilidad de las Pruebas: El tribunal evaluará la admisibilidad de las pruebas presentadas, asegurando que sean pertinentes, lícitas y útiles para la resolución del caso.

Oportunidades para presentar Pruebas: Durante el desarrollo del proceso, tendrá la oportunidad de presentar las pruebas que sustentan su reclamo, incluyendo documentos, testimonios de testigos, peritajes y cualquier otra evidencia relevante. Hay libertad de prueba en el derecho venezolano. Admitidas las pruebas, o dadas por admitidas conforme a la ley, comenzarán a computarse los 30 días destinados a la evacuación

Carga de la Prueba: La carga de la prueba recae sobre usted, como demandante, es decir, debe demostrar los hechos y fundamentos de su reclamo. El Código dice que las partes tienen la carga de probar sus respectivas afirmaciones de hecho. Quien pida la ejecución de una obligación debe probarla, y quien pretenda que ha sido libertado de ella, debe por su parte probar el pago o el hecho extintivo de la obligación.

Los hechos notorios y los admitidos, no son objeto de prueba.


10. Interrogatorio a los Testigos:


Derecho a interrogar: Tiene derecho a interrogar a los testigos de la otra parte para obtener información relevante para su caso y poner en duda la veracidad de sus testimonios.

Preparación del interrogatorio: Prepare un interrogatorio claro y conciso que permita obtener la información necesaria para fortalecer su caso.

Conducción del interrogatorio: Durante el interrogatorio, hay que mantener una actitud respetuosa y profesional, evitando preguntas irrelevantes o sugestivas y esté atento a las respuestas de los testigos.


11. Participe en las Audiencias:


Asistencia obligatoria: Asista a todas las audiencias programadas por el tribunal, incluyendo las de pruebas, alegatos y sentencia.

Participación activa: Participe activamente en las audiencias, escuche atentamente los argumentos de la otra parte y esté preparado para responder a las preguntas del juez.

Conducta adecuada: Mantenga una conducta respetuosa y profesional durante las audiencias, evite interrupciones o comentarios inapropiados y dirija sus preguntas y argumentos al juez.


12. Negociar con la otra parte:


Exploración de acuerdos: Considere la posibilidad de negociar un acuerdo con la otra parte para evitar un juicio largo y costoso y obtener una resolución más rápida del caso.

Negociación asistida: Su abogado puede actuar como su representante en las negociaciones para alcanzar un acuerdo beneficioso para ambas partes.

Homologación del acuerdo: Si se alcanza un acuerdo, debe ser formalizado por escrito y homologado por el tribunal para que tenga efectos legales vinculantes.


13. Sentencia:


Contenido de la sentencia: La sentencia emitida por el juez debe contener los fundamentos de la decisión, la resolución sobre las pretensiones formuladas en la demanda y la condena de la otra parte.

Efectos de la sentencia: La sentencia es un acto judicial vinculante que pone fin al proceso y establece los derechos y obligaciones de las partes.

Posibilidad de apelación: Si no está satisfecho con la sentencia, puede considerar la posibilidad de interponer un recurso de apelación para que un tribunal superior revise la decisión.


Recomendaciones Adicionales:


Sea organizado: 


Mantenga un registro ordenado de toda la documentación y actuaciones relacionadas con el caso.


Comuníquese regularmente con su abogado: 


Mantenga una comunicación fluida y honesta con su abogado para informarle sobre cualquier novedad en el caso y seguir sus instrucciones.


Sea paciente: 


Los procesos civiles pueden tomar tiempo, mantenga la calma y siga adelante con la estrategia definida por su abogado.


Defienda sus derechos: 


No tema defender sus derechos y luchar por obtener una resolución justa en el proceso civil.


Aprenda de la experiencia: 


Independientemente del resultado del caso, reflexione sobre el proceso y aprenda de las lecciones para tomar mejores decisiones en el futuro.


Resumen del Proceso:


Desarrollo del juicio: se inicia todo con la demanda y se cita para que conteste su contraparte.

Prueba y alegatos: Durante el juicio, se presentarán las pruebas restantes, se interrogarán a los testigos (si los hubiere) y ambas partes posteriormente, expondrán sus alegatos finales.

Decisión del juez: El juez analizará las pruebas y argumentos presentados por las partes y dictará una sentencia que resolverá el caso a favor de una de las partes o de ambas, según las circunstancias.

jueves, 17 de octubre de 2024

CASACIÓN CIVIL: Denuncias de Forma en la elaboración del fallo. Por Reposición


Por Reposición: Artículos 7, 15, 207, 208, 209, 211, 212, 213 y 245 del Código de Procedimiento Civil:


 a) Inútil. No cumpliendo por ende con el requisito referente a la utilidad de la reposición que es indispensable para su procedencia. 

(Cfr. Fallos N° 403, del 8-6-2012. Exp. N° 2011-670; N° 046, del 23-2-2017. Exp. N° 2016-514; N° 548, del 8-8-2017. Exp. N° 2017-236; y N° 331, del 9-7-2018. Exp. N° 2018-108). 


Y b) Mal decretada. Cuando se repone a un estado de la causa para corregir o subsanar un vicio de procedimiento, el cual no se desprende de las actas del expediente. 

(Vid. Sentencias N° 436, del 29-6-2006. Exp. N° 2005-684; N° 594, del 18-10-2016. Exp. N° 2016-043; N° 770, del 27-11-2017. Exp. N° 2017-441; y N° 216, del 4-5-2018. Exp. N° 2017-826).

miércoles, 16 de octubre de 2024

CASACIÓN CIVIL: Denuncias de Forma en la elaboración del fallo. Por Incongruencia

Por Incongruencia


Por incongruencia <<ne eat iudex citra, ultra y extra petita partium>> de los alegatos de la demanda y contestación u oposición, y de forma excepcional de los informes y observaciones, al verificarse un desajuste entre el fallo judicial y los términos en que se trabó la litis, y por ende la decisión no es expresa, positiva y precisa con arreglo a la pretensión deducida y a las excepciones o defensas opuestas. 

La incongruencia es un vicio procesal que se produce cuando existe una discordancia o desajuste entre lo que las partes solicitaron en el juicio y lo que el juez finalmente resolvió en su sentencia. En otras palabras, la decisión judicial se desvía de las pretensiones de las partes, ya sea por exceso, por defecto o por resolución de cuestiones no planteadas. Esto lo vemos en el Artículo 243, ordinal 5° del Código de Procedimiento Civil, ya sea: 


1) Negativa, omisiva o citrapetita. Donde omite pronunciamiento sobre un alegato determinante de obligatoria resolución. 

(Vid. Sentencias N° 770, del 27-11-2017. Exp. N° 2017-441; N° 234, del 10-5-2018. Exp. N° 2016-598; N° 349, del 12-7-2018. Exp. N° 2017-453; y N° 414, del 10-8-2018. Exp. N° 2018-227). 


2) Positiva o activa. Donde se pronuncia más allá de los términos en que se trabó la litis. 

(Ver. Decisiones N° 551, del 12-8-2015. Exp. N° 2014-688; N° 200, del 18-4-2018. Exp. N° 2017-733; y N° 414, del 10-8-2018. Exp. N° 2018-227). 


3) Subjetiva. Por falta de señalamiento de los sujetos procesales o por señalar a unos distintos a los que se contrae el juicio. 

(Cfr. Fallos N° 213, del 16-5-2003. Exp. N° 2002-278; N° 593, del 15-7-2004. Exp. N° 2003-955; N° 662, del 9-8-2006. Exp. N° 2006-191; y N° 033, del 16-2-2007. Exp. N° 2006-335). 


4) Por tergiversación de los alegatos. Cuando el juez cambia o distorsiona el sentido de los alegatos de las partes. 

(Vid. Sentencias N° 191, del 29-4-2013. Exp. N° 2012-186; N° 584, del 14-8-2017. Exp. N° 2017-127; N° 184, del 10-4-2018. Exp. N° 2015-551; y N° 223, del 8-5-2018. Exp. N° 2017-795). 


Y 5) Mixta por extrapetita. Cuando se pronuncia sobre un aspecto externo o exógeno a la litis, que por ende no forma parte de lo discutido en juicio, y distorsiona la causa de pedir, omitiendo pronunciamiento sobre lo que debe (incongruencia negativa) y pronunciándose más allá de lo peticionado (incongruencia positiva), cometiendo ambos vicios en incongruencia mixta. 

(Ver. Decisiones N° 479, del 13-7-2017. Exp. N° 2016-652; N° 514, del 31-7-2017. Exp. N° 2017-159; y N° 542, del 7-8-2017. Exp. N° 2017-178).

20 Consejos Legales para Defenderse en un Proceso Civil Venezolano

1. Conozca sus derechos y obligaciones:


Estudie las leyes y normas que rigen el proceso civil en Venezuela: Entre ellas tenemos, el Código de Procedimiento Civil, el Código Civil Venezolano, la Ley Orgánica del Poder Judicial y otras leyes relevantes con el caso.

Comprenda sus derechos como demandado, así como sus obligaciones en el proceso.

Conozca los plazos y requisitos establecidos por la ley para realizar diferentes actuaciones.


2. Busque asesoría y representación legal:


Cuando es citado para enfrentar un juicio, no afronte un proceso civil solo. El abogado es su hombre de confianza que le va a ayudar mediante un mandato para resolver de la mejor manera su caso judicial ante el tribunal.

Consulte con un abogado calificado con experiencia en derecho civil venezolano.

Un abogado puede: 

o Guiarlo a través del proceso legal.

o Proteger sus derechos e intereses.

o Representarlo en audiencias y negociaciones.

o Brindarle asesoramiento legal preciso y oportuno.


3. Actúe con prontitud:


Los plazos, lapsos y términos para actuar en un proceso civil son estrictos. 

Cumpla con las fechas límite establecidas por el tribunal para presentar escritos, pruebas y realizar otras diligencias.

Un retraso en la presentación de documentos o la realización de actuaciones puede tener graves consecuencias para su caso.

Si no está seguro de un plazo o procedimiento, consulte con su abogado de inmediato, quien debe informar del evento o recordarle del mismo. 


4. Reúna Medios de Prueba:


Recopile toda la evidencia que sustente su caso.

Esto puede incluir: 

o Documentos: contratos, recibos, facturas, estados de cuenta, etc.

o Correspondencia: correos electrónicos, cartas, mensajes de texto, etc.

o Fotografías o videos que sean relevantes para el caso.

o Testimonios de testigos que puedan corroborar sus afirmaciones.

Organice la evidencia de manera clara y accesible para su uso en el proceso.


5. Mantenga un registro organizado:


Documente todas las actuaciones del proceso.

Guarde copias de: 

o La demanda y la contestación o cuestiones previas, si fueren opuestas.

o Las decisiones del tribunal.

o Las comunicaciones con su abogado.

o Cualquier otra documentación que relevante para el caso.

Un registro organizado le ayudará a recordar los detalles del caso y a preparar su defensa de manera efectiva.


6. Sea honesto y veraz:


Proporcione información precisa y completa al tribunal y a su abogado.

Evite hacer declaraciones falsas o engañosas.

La honestidad es fundamental para mantener la credibilidad de su caso y evitar sanciones legales.

Si no está seguro de cómo actuar, dígaselo a su abogado.


7. Coopere con el tribunal:


Asista a todas las notificaciones y audiencias puntualmente.

Muestre siempre respeto al tribunal y a las demás partes involucradas en el proceso.

Siga las instrucciones del juez y cumpla con las órdenes judiciales.

Una actitud cooperativa puede ayudar a agilizar el proceso y evitar complicaciones.


8. Mantenga una comunicación fluida con su abogado:


Informe a su abogado sobre cualquier hecho o circunstancia relevante para el caso en forma inmediata.

Responda a las preguntas de su abogado de manera clara y precisa. No le oculte nada.

Mantenga a su abogado actualizado sobre su situación y cualquier cambio en sus circunstancias.

Una comunicación abierta y honesta con su abogado es esencial para una defensa efectiva.


9. Sea paciente:


Los procesos civiles pueden tomar tiempo.

No se desespere si el caso no avanza tan rápido como usted desea.

Comprenda que el proceso legal tiene sus propios ritmos y procedimientos.

Confíe en su abogado y siga sus recomendaciones para avanzar en el caso de manera eficiente.


10. No negocie directamente con la otra parte:


Las negociaciones con la otra parte, si se dan, deben ser realizadas a través de su abogado de confianza.

Un abogado puede: 

o Proteger sus intereses en las negociaciones.

o Alcanzar un acuerdo equilibrado y favorable para usted.

o Evitar que cometa errores o renuncie a sus derechos.


11. Evite discutir su caso en público:


No hable sobre su caso con personas ajenas al proceso.

No publique información sobre su caso en redes sociales o en otros foros públicos.

La divulgación de información confidencial puede perjudicar su caso y afectar su reputación.


12. Cumpla con las decisiones del tribunal:


Aunque no esté de acuerdo con una decisión judicial, debe cumplirla mientras no sea apelada o revocada.

El incumplimiento de una orden judicial puede tener graves consecuencias legales.

 

13. Mantenga la calma:


Un proceso civil puede ser estresante.

Mantenga la calma y evite tomar decisiones impulsivas o viscerales.

El control emocional le permitirá pensar con claridad y tomar decisiones acertadas en el proceso.


14. Confíe en su abogado:


Su abogado está trabajando para defender sus intereses.

Siga sus consejos y recomendaciones.

Un abogado tiene la experiencia y el conocimiento para manejar su caso de manera efectiva.

La confianza en su abogado es crucial para una defensa exitosa.

  El abogado como servidor de la justicia y colaborador en su administración, no deberá olvidar que la esencia de su poder profesional consiste en defender los derechos de su representado o asistido con diligencia y estricta sujeción a las normas jurídicas y la ley moral. (artículo 14 del CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL DEL ABOGADO VENEZOLANO)


15. No tema apelar:


Si no está satisfecho con una decisión del tribunal, tiene pleno derecho a apelar.

La apelación es un proceso legal que permite a un tribunal superior, revisar la decisión de un tribunal inferior.

Para tener éxito en una apelación, debe demostrar que el tribunal inferior cometió un error legal o fáctico.

Su abogado puede evaluar si una apelación es viable en su caso y guiarlo en el proceso.


16. Esté preparado para llegar a un acuerdo:


En algunos casos, llegar a un acuerdo con la otra parte puede ser la mejor solución para ambas partes.

Un acuerdo puede:

o Evitar un juicio costoso y prolongado.

o Permitirle obtener una resolución rápida y predecible del caso.

o Reducir el estrés y la incertidumbre asociados con el proceso legal.

Su abogado puede ayudarlo a evaluar las opciones de acuerdo y negociar un acuerdo favorable para usted.


17. No se rinda:


Si cree que tiene un caso sólido, no se rinda.

Siga luchando por sus derechos y defendiendo sus intereses.

La perseverancia y la determinación son esenciales para obtener un resultado positivo en un proceso civil.


18. Si bien, debe buscar el apoyo jurídico en un abogado para defenderse dentro del proceso, es posible que necesite apoyo emocional:


Si el proceso civil le está causando mucho estrés, busque apoyo emocional de familiares, amigos o un profesional de la salud mental.

El estrés prolongado al esperar una sentencia definitiva puede afectar su salud física y mental.

Buscar apoyo le ayudará a mantener su bienestar emocional y afrontar el proceso con mayor fortaleza.


19. Aprenda de la experiencia:


Incluso si no gana el caso, puede aprender valiosas lecciones de la experiencia.

Reflexione sobre:

o Los errores que pudo haber cometido.

o Las estrategias que funcionaron y las que no.

o Lo que podría hacer diferente en el futuro si se enfrenta a otro proceso legal.

Estas lecciones pueden ser útiles para proteger sus derechos en futuras situaciones.


20. Considere la mediación o el arbitraje:


La mediación y el arbitraje son métodos alternativos de resolución de disputas que pueden ser más rápidos y menos costosos que un juicio.

En la mediación, un tercero neutral facilita un diálogo entre las partes para llegar a un acuerdo. Es posible hacerlo, solicitando ambas partes procesales una suspensión del proceso, para llegar a un entendimiento.

En el arbitraje, un tercero neutral toma una decisión vinculante sobre la disputa.

Su abogado puede evaluar si la mediación o el arbitraje son opciones viables para su caso. Sobre todo este último, cuando existe una cláusula en un contrato que así lo dispone.


Es importante recordar que estos son solo consejos generales. 

La mejor manera de proteger sus derechos en un proceso civil venezolano es consultar con un abogado calificado y defenderse o o de ser posible contraatacar (reconvenir). 

Un abogado puede brindarle asesoramiento personalizado y representación legal en función de las circunstancias específicas de su caso.

Otros 20 Consejos Legales Adicionales para Defenderse en un Proceso Civil Venezolano

 

Preparación General para el Juicio:


1. Comprenda el procedimiento: Familiarícese con las etapas del proceso civil en Venezuela, incluyendo la presentación de la demanda si usted es el demandante, la contestación o la oposición de cuestiones previas, si estás fueren opuestas por el demandado; la promoción y evacuación de pruebas, los informes, las observaciones a los informes, y el tiempo luego para dictar sentencia definitiva.

2. Investigue a la otra parte: Obtenga información sobre la otra parte involucrada en el caso, su historial legal y su capacidad financiera.

3. Prepare a sus testigos: Si tiene testigos que declarar a su favor, prepárelos para responder preguntas de manera clara, concisa y honesta, si esta actividad se hará presente en la evacuación de pruebas.

4. Anticipe los argumentos de la otra parte: Trate de predecir los argumentos que utilizará la otra parte y prepare contraargumentos sólidos.

5. Practique su testimonio: Si debe declarar en el juicio, practique su testimonio con anticipación para estar seguro y organizado.


Durante el Juicio:


6. Vista profesionalmente: Preséntese al tribunal con vestimenta formal y profesional.

7. Llega temprano a sus actos: Llegue al tribunal y anunciese con suficiente tiempo antes de la hora de su audiencia (si fuere el caso) para evitar retrasos.

8. Sea respetuoso: Mantenga una actitud respetuosa con el juez, secretaría, los abogados y las demás personas presentes en la sala del tribunal.

9. Escuche atentamente: Preste atención a las observaciones y preguntas del juez y de los abogados, y responda de manera directa y concisa.

10. Sea honesto: Diga la verdad al responder preguntas.

11. Evite discutir con el juez: No discuta con el juez ni interrumpa cuando dice sus decisiones.

12. No haga declaraciones espontáneas: No haga declaraciones que no le sean solicitadas por el juez o los abogados.

13. Controle sus emociones: Mantenga la calma y evite mostrar emociones fuertes durante el juicio.

14. Siga las instrucciones de su abogado: Confíe en su abogado y siga sus instrucciones durante el juicio.


Después de la Sentencia Definitiva del Proceso Judicial:


15. Revise la decisión del tribunal: Lea detenidamente la decisión del tribunal y comprenda sus fundamentos.

16. Apelación: Si no está satisfecho con la decisión del tribunal, puede considerar apelar.

17. Cumplimiento de la sentencia: Si el tribunal falla a su favor, tome las medidas necesarias para que se cumpla la sentencia.

18. Negociación posterior al juicio: Incluso después del juicio, puede haber oportunidades para negociar un acuerdo con la otra parte.

19. Cierre del caso: Una vez que se haya cumplido la sentencia o se haya llegado a un acuerdo final, cierre el caso y guarde todos los documentos relacionados.

20. Lecciones aprendidas: Reflexione sobre el proceso y las lecciones aprendidas para aplicarlas en el futuro.


Recuerde que estos son solo consejos generales. 

La mejor manera de proteger sus derechos en un proceso civil venezolano es consultar con un abogado calificado para elaborar una estrategia del caso.

Aspectos Fundamentales que debe contener una Demanda Civil en Venezuela (el Libelo):

 


Ver el Artículo 340 del CPC...


1. Datos de Identificación:


Tribunal al que se dirige la demanda: Se debe indicar el nombre del Tribunal competente para conocer del caso.


Nombres y apellidos, cédula de identidad o pasaporte y nacionalidad del demandante: Se deben indicar los datos completos del demandante y el carácter que tiene.


Nombres, apellidos y nacionalidad del demandado: Se deben indicar los datos completos del demandado, incluyendo su número de cédula de identidad o pasaporte.


Si el demandante o el demandado fuere una persona jurídica, la demanda deberá contener la denominación o razón social y los datos relativos a su creación o registro.


Domicilio del demandante y del demandado: Se deben indicar las sedes o direcciones de las partes. Esto es para la respectivas boletas tanto para la licitación para que se entere de qué hay un proceso civil en su contra como las notificaciones para la sentencia interlocutor o la definitiva.


El nombre y apellido del mandatario y la consignación del poder. 



2. Objeto y Hechos Relevantes de la Causa:


El objeto de la pretensión, el cual deberá determinarse con precisión, indicando su situación y linderos, si fuere inmueble; las marcas, colores o distintivos, si fuere semoviente; los signos, señales y particularidades que puedan determinar su identidad, si fuere mueble; y los datos, títulos y explicaciones necesarios si se tratare de derechos u objetos incorporales.


 Se deben narrar los hechos importantes que originan la demanda de manera clara, concisa y precisa.


 La narración de los hechos debe ser ordenada y cronológica, exponiendo los antecedentes y las circunstancias relevantes del caso.


 Se deben indicar las fechas, lugares y demás detalles que sean importantes para la comprensión del caso.



3. Fundamentos de Derecho:


 Se deben exponer las normas jurídicas que sustentan la pretensión del demandante. Esto son los fundamentos de derecho en que se base la pretensión, con las pertinentes conclusiones.


 Se deben citar las leyes, códigos, jurisprudencia (preferiblemente copiar las máximas que se encuentran en la web del TSJ) y la doctrina aplicables al caso.


 La argumentación jurídica debe ser clara, lógica y fundamentada en las normas citadas.



4. Petición Concreta:


Se debe formular la petición concreta que el demandante solicita al tribunal.


La petición debe ser clara, específica y precisa.


La petición debe estar relacionada con los hechos y fundamentos de derecho expuestos anteriormente.


Debe existir, si es cuantificable en dinero, una estimación de la demanda.



5. Firma del abogado del demandante:


La demanda debe estar firmada por el abogado del demandante.



6. Anexos:


 Se deben anexar a la demanda las pruebas que sustentan los hechos y fundamentos de derecho expuestos.


 Las pruebas pueden ser documentos, contratos, recibos, facturas, fotografías, testimonios de testigos, peritajes, entre otros. Sobre esto me refiero a los instrumentos principales en que se fundamente la pretensión, esto es, aquellos de los cuales se derive inmediatamente el derecho deducido, los cuales deberán producirse con el libelo.


Es importante tener en cuenta que estos son solo los aspectos fundamentales que debe contener una demanda civil en Venezuela. Todo va a depender de la complejidad o simpleza del caso, ya que si se demandare la indemnización de daños y perjuicios, la especificación de éstos y sus causas.

Algunos Tips sobre el Juicio de Retracto Legal en Venezuela


El retracto legal es una figura jurídica que permite a un arrendatario subrogarse en el lugar de quien adquiere el inmueble arrendado por cualquier acto que comporte la transmisión del derecho de propiedad, en las mismas condiciones estipuladas en el instrumento traslativo de propiedad.

El retracto legal es un derecho que permite a una de las partes contratantes desistir de un contrato dentro de un plazo determinado de 40 días, sin necesidad de alegar causa justificada, pero con la obligación de pagar una indemnización al vendedor.


Para ejercer el derecho de retracto legal arrendaticio, se deben cumplir ciertos requisitos:


  • Que se trate de una negociación que conlleve la transmisión de la propiedad a espaldas del arrendatario.
  • Que se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 42 de la Ley de Arrendamiento Inmobiliario (que se ofrezca el inmueble a aquellos arrendatarios que tengan más de dos años como tales, que se encuentren solventes y que estos satisfagan las aspiraciones del propietario).


Finalmente, en cuanto a la estrategia para proceder judicialmente, es importante tener en cuenta que el retracto legal debe ser ejercido dentro de un plazo específico después de que el arrendatario tenga "conocimiento" de la venta del inmueble. Además, el arrendatario debe estar solvente en el pago de la pensión arrendaticia y satisfacer las aspiraciones del propietario.


Tres Hechos Básicos a Considerar


1. Ser el actual arrendatario del inmueble que es propiedad del propietario.

2. Cuando se entere de que el inmueble había sido vendido a [Nombre del comprador] sin haberle ofrecido previamente el derecho de preferencia para adquirirlo.

3. Según el artículo 42 de la Ley de Arrendamiento Inmobiliario, se tiene el derecho a subrogarse en el lugar del comprador, en las mismas condiciones estipuladas en el contrato de venta.


Características:


En el caso de la compraventa de inmuebles en Venezuela, el retracto legal está consagrado en el artículo 43 de la Ley para la Regularización y Control de los Arrendamientos de Vivienda, que establece que el arrendatario tiene derecho a ejercer el retracto sobre el inmueble arrendado durante los 40 días siguientes a la fecha en que tenga conocimiento de la negociación realizada.


Plazo: 40 días calendario a partir del momento exacto que el inquilino tuvo conocimiento de la venta.

Titular del derecho: Arrendatario del inmueble.

Objeto del retracto: Inmueble arrendado.

Condiciones: El arrendatario debe pagar al vendedor el precio y las condiciones convenidos en el instrumento traslativo de la propiedad.

Efectos: El retracto legal anula la compraventa realizada entre el vendedor y el comprador, y el inmueble pasa a ser propiedad del arrendatario que ejerció el retracto.


Objetivo:


Que se conceda el derecho de retracto legal arrendaticio y se permita la subrogación en el lugar del comprador en las mismas condiciones estipuladas en el contrato de venta.


Pruebas:


1. Contrato de arrendamiento.

2. Prueba de que se encuentra solvente, al día, con el pago de la renta o alquiler.


El retracto legal debe ser ejercido dentro de un plazo específico después de que el arrendatario tenga conocimiento de la venta del inmueble. 

Además, el arrendatario debe estar solvente en el pago de la pensión arrendaticia y satisfacer las aspiraciones del propietario.


Si no se cumplen los requisitos del retracto legal, pueden surgir varias consecuencias:


1. Consecuencias legales: El incumplimiento del derecho de retracto puede llevar a demandas judiciales por parte de la parte afectada. Esto puede resultar en costosos procesos legales, sanciones y posibles indemnizaciones que deben ser asumidas por la parte infractora³.

2. Pérdida del derecho de retracto: Si el vendedor no ejerce el derecho de retracto en el término convenido, la propiedad será irrevocable para el comprador.

3. Adquisición irrevocable del dominio: En el caso del retracto convencional, si el vendedor no cumple con lo establecido en el artículo 1.518 del Código Civil y lo acordado en el contrato, el comprador adquirirá el dominio irrevocable del bien.


Es importante recordar que cada caso es único y las consecuencias pueden variar dependiendo de las circunstancias específicas. Por lo tanto, siempre es recomendable buscar asesoría legal para entender completamente las posibles consecuencias de no cumplir con los requisitos del retracto legal.

martes, 15 de octubre de 2024

CASACIÓN CIVIL: Denuncias de Forma en la elaboración del fallo. Por Indeterminación

Por Indeterminación: 


I) Orgánica. Que ocurre, cuando en el texto de la sentencia no se señalan los datos identificativos del tribunal que pronuncia el fallo. Como son: Grado, Circunscripción Judicial y materia. Caso muy extraño de violación de forma, que se ha declarado cumplido, con el señalamiento de la identificación en cualquier parte del fallo, o sólo en el dispositivo, o cuando del sello húmedo del juzgado se aprecie con claridad la identificación del órgano jurisdiccional que dictó la decisión. Artículo 243 ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil. 

(Cfr. Fallos del 26-7-1973, reiterada en fallos del 1-6-1988 y 14-3-1990, caso: José Delmar Correa contra Vásquez Internacional y otros; del 10-3-1988, caso: Miguel San Juan Mayo contra Víctor Guzmán; del 24-11-1994, caso: Alcides de Jesús Daza contra Estacionamiento LA59 S.R.L.; N° 298, del 11-10-2001. Exp. N° 2000-339; y N° 098, del 12-4-2005. Exp. N° 2003-055). 


II) Subjetiva. Artículo 243 ordinal 2° del Código de Procedimiento Civil. Referida a la mención de las partes y sus apoderados. Como uno de los requisitos que debe contener todo fallo, tiene su origen en la necesidad de que se establezca, sin lugar a duda, sobre quién o quiénes recae el fallo, toda vez, que el efecto de la cosa juzgada en la sentencia, tiene sus límites subjetivos determinados por las partes que han intervenido en la controversia. 

(Vid. Sentencias N° 298, del 11-10-2001. Exp. N° 2000-339; N° 460, del 27-10-2010. Exp. N° 2010-131); y N° 007, del 31-1-2017. Exp. N° 2016-515). 


III) Objetiva. Artículo 243 ordinal 6° del Código de Procedimiento Civil. Que se configura cuando el sentenciador no precisa en su fallo la cosa u objeto sobre el cual ha de recaer la decisión, o no señala los parámetros para la elaboración de la experticia completaría del fallo, a que se contrae el artículo 249 eiusdem. 

(Ver. Decisiones N° 987, del 16-12-2016, Exp. N° 2016-119; N° 668, del 26-10-2017. Exp. N° 2017-262; y N° 727, del 13-11-2017. Exp. N° 2014-386). 


Y IV) De la controversia. Artículo 243 ordinal 3° del Código de Procedimiento Civil. Que instaura el deber del juez de establecer en forma preliminar cuáles son los límites de la controversia planteada y sometida a su consideración, donde deberá realizar una síntesis propia de lo demandado y de la contestación. 

(Cfr. Fallos N° 308, del 18-5-2017. Exp. N° 2016-965; N° 360, del 7-6-2017. Exp. N° 2016-422; N° 476, del 13-7-2017. Exp. N° 2016-378; y N° 234, del 10-5-2018. Exp. N° 2016-598).

SENTENCIAS IMPORTANTES DE LA SCC DEL TSJ EN MATERIA DE REPOSICIÓN DE LA CAUSA EN CASACIÓN


LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA EN CASACIÓN SÓLO SERÁ PROCEDENTE, cuando:


a) En el proceso se hayan quebrantado u omitido formas sustanciales de los actos que menoscaben el derecho de defensa. 

(Cfr. Fallos N° 689, del 8-11-2017. Exp. N° 2017-399; N° 236, del 10-5-2018. Exp. 2017-285; N° 369, del 1-8-2018. Exp. N° 2018-192; y N° 392, del 8-8-2018. Exp. N° 2017-796). 


b) Por desequilibrio procesal por no mantener el juez a las partes en igualdad de condiciones ante la ley. 

(Vid. Sentencias N° 409, del 29-6-2016. Exp. N° 2015-817; N° 577, del 6-10-2016. Exp. N° 2016-302; y N° 392, del 8-8-2018. Exp. N° 2017-796). 


c) Por petición de principio, cuando se obstruya la admisión de un recurso impugnativo, el tribunal se fundamenta en un proveimiento recurrible, para declararlo irrecurrible. 

(Ver. Decisiones N° 114, del 13-4-2000. Exp. N° 1999-468; N° 488, del 20-12-2002. Exp. N° 2001-741; y N° 036, del 17-2-2017. Exp. N° 2016-395). 


d) Cuando sea procedente la denuncia por reposición preterida o no decretada. 

(Cfr. Fallos N° 407, del 21-7-2009. Exp. N° 2008-629; N° 234, del 10-5-2018. Exp. N° 2016-598; y N° 392, del 8-8-2018. Exp. N° 2017-796). 


Y e) Por la violación de los principios constitucionales de expectativa plausible, confianza legítima, seguridad jurídica y estabilidad de criterio, que degeneren en indefensión, con la violación del debido proceso, derecho a la defensa y del principio de legalidad de las formas procesales, con la infracción de los artículos 7, 12, 15, 206 y 208 del Código de Procedimiento Civil, así como de una tutela judicial eficaz, por la observancia de un vicio grave que afecte de nulidad la sustanciación del proceso, o que la falta sea tan grave que amerite la reposición de la causa al estado de que se verifique el acto o la forma procesal quebrantada, en aplicación de la doctrina reiterada y pacífica de la Sala de Casación Civil, que prohíbe la reposición inútil y la casación inútil. 

(Vid. Sentencias N° 848, del 10 de diciembre de 2008, expediente N° 2007-163, caso: Juana Ynocencia Rengifo de Arenas, Antonio Arenas y otros, en representación de sus hijas fallecidas Danyali Del Valle (†), Yumey Coromoto (†) y Rosangela Arenas Rengifo (†), contra SERVIQUIM C.A. y SEGUROS MERCANTIL C.A.; N° 577, del 6-10-2016. Exp. N° 2016-302; N° 689, del 8-11-2017. Exp. N° 2017-399; N° 236, del 10-5-2018. Exp. 2017-285; y N° 413, del 10-8-2018. Exp. N° 2018-092).


En tal sentido, verificado y declarado el error en la sustanciación del juicio, la Sala de Casación Civil remitirá el expediente directamente al tribunal que deba sustanciar de nuevo el proceso, o para que se verifique el acto o la forma procesal quebrantada, y si está conociendo la causa el mismo juez que cometió el vicio detectado en casación, éste no podrá continuar conociendo del caso por razones de inhibición y, por ende, TIENE LA OBLIGACIÓN DE INHIBIRSE DE SEGUIR CONOCIENDO EL CASO y, en consecuencia, lo pasará de inmediato al nuevo juez que deba continuar conociendo conforme a la ley, el cual se abocará al conocimiento del mismo y ordenará la notificación de las partes, para darle cumplimiento a la orden dada por la Sala de Casación Civil en su fallo. 

(Ver. Decisiones N° 254, del 29-5-2018. Exp. N° 2017-072; N° 255, del 29-5-2018. Exp. N° 2017-675; y N° 413, del 10-8-2018. Exp. N° 2018-092).

CASACIÓN. Denuncias por Infracción de Normas Constitucionales de Forma Autónoma en Sede Casacional

La Sala de Casación Civil procederá al análisis de las mismas, independientemente de que la denuncia haya sido formulada sin la correspondie...