miércoles, 5 de marzo de 2025

Breves sobre el Artículo 1 del Código Civil Venezolano

 


El artículo 1 del Código Civil venezolano establece un principio fundamental en el ordenamiento jurídico: la obligatoriedad de la ley y su entrada en vigor. A continuación, un análisis detallado:

El artículo 1 del Código Civil venezolano establece un principio fundamental en el ordenamiento jurídico: la obligatoriedad de la ley y su entrada en vigor. A continuación, un análisis detallado:


1. Elementos Estructurales:


Obligatoriedad de la Ley:

"La Ley es obligatoria": Esta frase establece el carácter imperativo de la norma jurídica, que debe ser acatada por todos los ciudadanos y autoridades.

Publicación en la Gaceta Oficial:

"desde su publicación en la Gaceta Oficial": Se establece la Gaceta Oficial como el medio oficial de publicidad de las leyes, garantizando el conocimiento público de las mismas.

Fecha posterior indicada en la Ley:

"o desde la fecha posterior que ella misma indique": Se reconoce la posibilidad de que la propia ley establezca una fecha posterior a su publicación para su entrada en vigor, permitiendo un período de adaptación o preparación.


2. Finalidad Normativa:


Seguridad jurídica:

El artículo busca garantizar la seguridad jurídica, estableciendo un criterio claro y objetivo para determinar el momento en que una ley entra en vigor.

Publicidad de las normas:

Se asegura que las leyes sean conocidas por todos los ciudadanos, evitando la ignorancia de la ley como excusa para su incumplimiento.

Eficacia del ordenamiento jurídico:

Se garantiza que las leyes sean aplicables y exigibles, fortaleciendo el ordenamiento jurídico en su conjunto.


3. Características Relevantes:


Principio de publicidad:

La publicación en la Gaceta Oficial es un requisito esencial para la entrada en vigor de la ley.

Carácter imperativo:

La ley es obligatoria para todos los ciudadanos y autoridades, sin excepción.


4. Supuestos de Hecho:


Promulgación de una ley:

El artículo se aplica cuando se promulga una nueva ley o se modifica una ley existente.

Publicación de la ley:

El artículo regula el momento en que la ley se hace pública y, por lo tanto, obligatoria.


5. Consecuencias Jurídicas y Sociales:


Jurídicas:

Entrada en vigor de la ley: La publicación en la Gaceta Oficial o la fecha posterior indicada en la ley determina el momento en que la ley se hace obligatoria.

Exigibilidad de la ley: A partir de su entrada en vigor, la ley puede ser exigida y aplicada por los tribunales y autoridades.

Nulidad de actos contrarios a la ley: Los actos que contravengan una ley en vigor son nulos.

Sociales:

Conocimiento de las normas: La publicación en la Gaceta Oficial garantiza que los ciudadanos tengan acceso a las leyes que rigen su conducta.

Cumplimiento de la ley: La obligatoriedad de la ley fomenta el cumplimiento de las normas y el respeto al ordenamiento jurídico.

Seguridad jurídica: La certeza sobre la entrada en vigor de las leyes contribuye a la seguridad jurídica y a la estabilidad social.

En resumen, el Artículo 1 del Código Civil venezolano establece un principio fundamental para la eficacia del ordenamiento jurídico, garantizando la publicidad y obligatoriedad de las leyes.

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